Cinco inhabilitados presentan amparos constitucionales contra la Asamblea Legislativa Plurinacional

19 de abril de 2024, 18:12 PM
19 de abril de 2024, 18:12 PM

Cinco postulantes, que quedaron inhabilitados en la preselección al Órgano Judicial, presentaron amparos constitucionales contra los parlamentarios de la Asamblea, en un intento por volver a la carrera preelectoral. Sin embargo, el director jurídico de la Cámara de Senadores, Israel Quino, les señaló que equivocaron el camino, porque el amparo constitucional no es el recurso legal que debía presentarse.


“Lo que corresponde, en materia constitucional, es interponer el recurso contra resoluciones del Órgano Legislativo, instituto jurídico creado por el Código Procesal Constitucional que, en los artículos 139 y 140 ,justamente dispone que se activa cuando se vulnera un derecho a partir de cualquier acto administrativo legislativo, emergente de la Asamblea Legislativa Plurinacional”, explicó Quino en conferencia de prensa.


Dos impugnaciones por el proceso de selección para las judiciales


El pasado 16 de abril se conoció que dos candidatos habían impugnado ante la Justicia su inhabilitación; en ese entonces se habló de siete recursos que habrían ingresado a los tribunales constitucionales. Este viernes se conoció que, hasta el momento, fueron cinco los que formalmente presentaron sus recusas.


Según la explicación del jurista Quino, el amparo constitucional, al margen de no ser el recurso adecuado, solo puede examinar un determinado caso; es decir que no puede paralizar todo el proceso, porque supuestamente se violentaron los derechos de un candidato y no de todos.


Además, en este caso surgieron los ‘terceros interesados’, que son los candidatos habilitados, que consideran también que sus derechos están siendo violentados porque ya están en la fase final de proceso.



La candidata Margarita Medrano Mayta, que postulaba al Consejo de la Magistratura, acusó a la comisión de haber extraviado su certificado original del segundo idioma que exige la convocatoria y aun así fue inhabilitada.


El otro candidato, Herculiano Capuciri Casana, que postulaba al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) por Potosí también dijo que presentó sus certificados e ignora qué sucedió en el momento de la lectura de sus documentos.



El Código Procesal Constitucional determina el camino en casos relacionados con jueces y tribunales

Quino aseguró que no todas las demandas pueden prosperar, porque son amparos constitucionales que se presentan contra derechos que vulneran los funcionarios públicos o las entidades del Estado. En el caso de la preselección, está a cargo de legisladores electos y el Código Procesal establece que, cuando el parlamento emite una resolución que violenta derechos, como una ley por ejemplo, puede ser demandada aplicando los artículos 139, 140 y 141 del referido Código.


Asimismo, Quino censuró que incluso una juez del municipio de Achocalla, La Paz, haya decidido admitir un recurso, cuando no le corresponde, y -según Quino- por desconocimiento admitió el memorial.


Los recursos contra las decisiones del Legislativo solo pueden ser revisados por el TCP en Sucre y no por una sala constitucional departamental, aclaró el abogado, lo que también puede invalidar una decisión de una sala constitucional de alguno de los departamentos.