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21 de mayo de 2019, 4:00 AM
21 de mayo de 2019, 4:00 AM

Se produjo un ejercicio colectivo asumido como de buena fe, que debía concluir en un pacto fiscal. En materia polí- tica y social no son las buenas intenciones sino los resultados los que se evalúan y, para nuestro caso, el titular de prensa dice: Pacto fiscal concluyó sin distribución de recursos.

“El ministro (Hugo) Siles explicó que las propuestas de los tres departamentos fueron inviables, porque al restar recursos que se entregan el nivel central del Estado se estaría afectando a sectores sociales que reciben sueldos de este dinero.” Eso fue el 15 de diciembre del 2017. Se produjeron nuevas reuniones el año 2018, pero el panorama no cambió. El pacto fiscal para decirlo de manera comprensiva, es un acuerdo entre los actores institucionales, productivos y de la economía, para definir cuáles son las fuentes de financiamiento con las que se cuentan, y cómo se distribuyen para cumplir las competencias públicas.

Existen los pactos implícitos, aquellos que se tienen producto de leyes y disposiciones, Ley de Reforma Tributaria, Ley de Participación Popular que, al asignar competencias, definen la forma de proveer los recursos. En los pactos implícitos, los porcentajes que viabilizan los recursos a través de los impuestos e ingresos nacionales, son decisiones políticas de cumplimiento obligatorio y no admiten discusión. Sin embargo, cuando hay un debate sobre el tema, se asume que el pacto y la participación de los actores resultan imprescindible por las circunstancias o por mandato legal. Imprescindible fue el de Guatemala luego de los Acuerdos de Paz de 1996 que daban por concluidos 40 años de guerra civil.

El estado guatemalteco convocó a un Grupo Consultivo para buscar los recursos internacionales que se necesitaban para construir la paz; la comunidad de donantes aceptó apoyar el proceso con la condición que la ejecución de los recursos no dependa del Gobierno central, sino que definidos los objetivos para los cuales debía invertirse los recursos, fueron los actores que tenían que ejecutar las inversiones que garantizaran su transparencia y lograran el desarrollo.

¿De dónde nace la obligatoriedad del pacto fiscal en Bolivia? La Disposición 17ª de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización N° 031 del año 2010 dispone que: “El Servicio Estatal de Autonomías en coordinación con el Ministerio de Autonomías y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas elaborarán una propuesta técnica de diálogo para un pacto fiscal analizando las fuentes de recursos públicos en relación con la asignación y el ejercicio efectivo de competencias de las entidades territoriales autónomas y el nivel central del Estado”. El diálogo debía iniciarse a los seis meses después de publicados los resultados oficiales del Censo Nacional de Población y Vivienda 2012. Ninguna de esas previsiones se cumplió.

¿Qué buscaba el pacto en materia de recursos públicos? Ordenar una economía de bonanza y dispendio que permitía programas, inversiones y obras desde el nivel central de manera discrecional; y, paradójicamente, una molestia del centralismo porque gobernaciones y alcaldías concluían el fin de año, con recursos sin ejecutar en la cuenta Caja y Banco. Estamos entrando en una economía de vacas flacas. Los programas Evo Cumple y los sucedáneos por el volumen de recursos y el destino de las inversiones realizadas, están en duda. Este Gobierno, que se impuso a sí mismo el pacto fiscal para fortalecer las autonomías pues tenía dos tercios del Parlamento, no cumplió su propio mandato. Tarea laboriosa y complicada para el nuevo Gobierno que vendrá el 22 de enero del 2020.