El estudio Wayar & Von Borries explica los alcances y beneficios de esta modalidad de inversiones conjuntas en las que participa el Estado

El Deber logo
2 de julio de 2019, 4:00 AM
2 de julio de 2019, 4:00 AM

¿Qué debemos entender por Asociación Público Privada?

Debemos, primeramente, comprender el contexto en el cual se genera esta nueva –para la normativa boliviana- forma de inversión. El Estado dentro del cumplimiento de sus funciones, encuentra el desarrollo de la economía nacional, como uno de los principales objetivos a ser alcanzado, y es sin lugar a dudas el factor que determina el éxito o fracaso de la gestión ejecutiva. En consecuencia, el Estado de un tiempo a esta parte se ha dado cuenta de que resulta más beneficioso, obtener del inversor privado, la experiencia y eficiencia de éste, para que de manera conjunta, ambas partes obtengan un beneficio mayor en el resultado de la inversión realizada, beneficiándose el Estado de los dividendos que se generaron en virtud al contrato y de igual forma, compartiendo el riesgo propio de toda inversión.

Es de esa manera que, por definición en la mayoría de las legislaciones, podemos entender por APP como la participación conjunta entre el Estado y un inversor privado en un proyecto de inversión, en el cual ambos comparten, tanto los beneficios como los riesgos propios del proyecto, con el objetivo de generar un mayor beneficio para el usuario, como para las partes que conforman la APP.

¿Cómo funciona en Bolivia la figura de las Alianzas estratégicas de Inversión Conjunta?

Para lograr la consolidación de una alianza estratégica de inversión conjunta, se debe suscribir en primera instancia un contrato entre una empresa privada y una empresa estatal, esto en virtud al art. 8 de la ley 466 y el art. 3 del DS No. 3469. Es importante mencionar, que el contrato por mandato de norma, posee un contenido mínimo, el mismo que nos es proporcionado por el mencionado DS 3469, cuyo objetivo es justamente, establecer dicho contenido que debe poseer cada contrato de Alianza Estratégica de Inversión Conjunta.

¿Cuál es el objetivo principal de esta nueva modalidad de inversión?

Sin lugar a dudas que el objetivo principal es incentivar el crecimiento de la economía nacional. En el mejor de los escenarios, el proyecto, objeto de la Alianza Estratégica de Inversión Conjunta generará ganancias, las cuales son compartidas entre el Estado y el inversor privado, con los buenos resultados que ello acarrearía para ambos, generando mayor cantidad de fuentes de empleo y creando capacidad de ahorro en los directamente beneficiados, lo que trae consigo mayor oportunidad de inversión.

¿Qué función cumple el ministerio de Planificación del Desarrollo en una Alianza Estratégica de Inversión Conjunta?

El Ministerio de Planificación del Desarrollo tendrá la función de asesoramiento y atención al posible inversor, solicitando y facilitando información de los proyectos en los que el inversor se encuentre interesado. Participando posteriormente en la negociación y redacción del contrato de la Alianza Estratégica de Inversión Conjunta.

¿Cuáles son los aspectos legales que debemos tener en consideración al momento de realizar una Alianza Estratégica de Inversión?

Como todo contrato que se negocia y ejecuta con el Estado debemos tomar en cuenta que existe poco margen de negociación en el contenido de las cláusulas, debido a la naturaleza de éste. Si bien, el Estado busca como uno de los objetivos principales de esta nueva modalidad de inversión, generar mayor confianza en el inversor privado, pretendiendo otorgar mayor seguridad jurídica, eso no quiere decir que se podrá negociar el contenido de las cláusulas de manera amplia e irrestricta.

En ese sentido, debemos analizar y tomar en cuenta el rol que va a cumplir el inversor privado en el desarrollo del proyecto, para de esa manera limitar de forma clara y previa las obligaciones que éste debe cumplir acorde a contrato y evitar futuras controversias, que se resumen en un gasto de dinero para el inversor y por supuesto para el Estado. Esta es la razón por la que el inversor debe estar correctamente asesorado por expertos en el tema legal.

¿Este tipo de modalidad APP ya es utilizada en otros países de la región?

Perú posee una figura parecida, que según el artículo 29 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, las APP se constituyen como una de las modalidades de participación de la inversión privada, en proyectos públicos, en la que se distribuyen de manera adecuada los riesgos del proyecto. Considerando la vasta experiencia que tiene el Perú en materia de inversión, quiero aprovechar la oportunidad para anunciar la alianza estratégica para este tipo de inversiones que Wayar & von Borries Abogados S.C. realizó con el Estudio Muñiz, siendo éste el estudio jurídico más grande e importante del Perú. Entre ambos Estudios Jurídicos sumamos un equipo de más de 350 abogados y compartimos clientes internacionales que realizan negocios, tanto en el Perú como en Bolivia.